/ martes 24 de marzo de 2020

Hacen home office más de un millón de burócratas de 60 años y más

El trabajo en casa para adultos mayores de 60 años es del 23 de marzo de 2020 y el 17 de abril de 2020 para reducir la transmisión del coronavirus

Un decreto de Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, secretaria de la Función Pública (SFP), obliga que más de un millón 080 mil trabajadores del sector público con más de 60 años de edad trabaje desde su casa para evitar cualquier contagio de coronavirus (Covid-19) en México.

El trabajo en casa para adultos mayores de 60 años es del 23 de marzo de 2020 y el 17 de abril de 2020 para reducir la transmisión del coronavirus, según el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A finales de 2018, trabajaban más de 434 mil 136 personas con 60 años y más de edad en la administración pública, así como laboraban 37 mil personas en la procuración de justicia y otras 9 mil 105 en la impartición de justicia, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

El organismo encargado de realizar las encuestas explica que había 633 mil 364 burócratas con 60 años y más trabajando en el gobierno estatal, la procuración de justicia y la impartición de justicia.

En México hay más de 12 millones 822 mil personas con 60 años y más son parte de la población económicamente activa, según Inegi.

El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador a través de Secretario Técnico del Gabinete de Seguridad, Alfonso Durazo Montaño ha instruido a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para coordinarse con la Secretaría de Salud en la estrategia para la atención del coronavirus COVID-19.

El desplazamiento cotidiano de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a sus centros de trabajo, así como la concentración de individuos al interior de los mismos, incrementa la probabilidad de exposición y transmisión del virus, de acuerdo con el decreto de la SFP.

“Las tecnologías de la información y comunicación permiten que las instituciones públicas establezcan modalidades de trabajo que no requieren necesariamente de la presencia del personal en el centro laboral, lo que redunda en la mejora de la eficacia y eficiencia de los recursos humanos y en la protección de la salud de la ciudadanía, así como de los propios servidores públicos y sus familias”, agrega.

La Función Pública dice que es imperativo asegurar el correcto cumplimiento de atribuciones, programas y objetivos institucionales, la prestación de bienes y servicios públicos indispensables para la ciudadanía, como son los de salud, protección civil, de defensa nacional y marina, seguridad nacional y pública, así como, demás bienes y servicios que sean esenciales o que por su naturaleza deban prestarse de manera presencial, por lo que dichas Instituciones y autoridades, deberán continuar con su operación cotidiana, con las precauciones que al efecto se consideren adecuadas.

La Secretaría de Educación Pública, previo a la formal instalación del Consejo de Salubridad General instrumentó como medidas preventivas por COVID-19, otorgó dos semanas previas al periodo vacacional oficial para la suspensión de actividades escolares, en suma del 23 de marzo al 17 de abril de 2020; aun y cuando la contingencia se encuentra en fase 1, por ello, a fin de cooperar en el ejercicio de las acciones para prevenir y combatir el contagio del COVID-19 es oportuno implementar medidas.

El decreto firmado por Irma Eréndira señala que los días de trabajo alternados para servidores públicos con hijos menores de 12 años que se encuentren cursando la educación básica, entre el personal que integra las distintas unidades administrativas.

Los horarios de entrada escalonados para los funcionarios en los días que asistan a los centros de trabajo. Estos horarios deberán encontrarse dentro de las 07:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes, considerando un total de 8 horas efectivas diarias de jornada de trabajo.

También trabajan desde su hogar las personas con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, así como personas con enfermedades crónicas no transmisibles (diabetes, hipertensión, pulmonar, hepática, metabólica, obesidad mórbida, insuficiencia renal, lupus, cáncer, cardiaca, entre otras, asociadas a un incremento en el riesgo de complicaciones).


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Un decreto de Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, secretaria de la Función Pública (SFP), obliga que más de un millón 080 mil trabajadores del sector público con más de 60 años de edad trabaje desde su casa para evitar cualquier contagio de coronavirus (Covid-19) en México.

El trabajo en casa para adultos mayores de 60 años es del 23 de marzo de 2020 y el 17 de abril de 2020 para reducir la transmisión del coronavirus, según el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

A finales de 2018, trabajaban más de 434 mil 136 personas con 60 años y más de edad en la administración pública, así como laboraban 37 mil personas en la procuración de justicia y otras 9 mil 105 en la impartición de justicia, según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi).

El organismo encargado de realizar las encuestas explica que había 633 mil 364 burócratas con 60 años y más trabajando en el gobierno estatal, la procuración de justicia y la impartición de justicia.

En México hay más de 12 millones 822 mil personas con 60 años y más son parte de la población económicamente activa, según Inegi.

El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador a través de Secretario Técnico del Gabinete de Seguridad, Alfonso Durazo Montaño ha instruido a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para coordinarse con la Secretaría de Salud en la estrategia para la atención del coronavirus COVID-19.

El desplazamiento cotidiano de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a sus centros de trabajo, así como la concentración de individuos al interior de los mismos, incrementa la probabilidad de exposición y transmisión del virus, de acuerdo con el decreto de la SFP.

“Las tecnologías de la información y comunicación permiten que las instituciones públicas establezcan modalidades de trabajo que no requieren necesariamente de la presencia del personal en el centro laboral, lo que redunda en la mejora de la eficacia y eficiencia de los recursos humanos y en la protección de la salud de la ciudadanía, así como de los propios servidores públicos y sus familias”, agrega.

La Función Pública dice que es imperativo asegurar el correcto cumplimiento de atribuciones, programas y objetivos institucionales, la prestación de bienes y servicios públicos indispensables para la ciudadanía, como son los de salud, protección civil, de defensa nacional y marina, seguridad nacional y pública, así como, demás bienes y servicios que sean esenciales o que por su naturaleza deban prestarse de manera presencial, por lo que dichas Instituciones y autoridades, deberán continuar con su operación cotidiana, con las precauciones que al efecto se consideren adecuadas.

La Secretaría de Educación Pública, previo a la formal instalación del Consejo de Salubridad General instrumentó como medidas preventivas por COVID-19, otorgó dos semanas previas al periodo vacacional oficial para la suspensión de actividades escolares, en suma del 23 de marzo al 17 de abril de 2020; aun y cuando la contingencia se encuentra en fase 1, por ello, a fin de cooperar en el ejercicio de las acciones para prevenir y combatir el contagio del COVID-19 es oportuno implementar medidas.

El decreto firmado por Irma Eréndira señala que los días de trabajo alternados para servidores públicos con hijos menores de 12 años que se encuentren cursando la educación básica, entre el personal que integra las distintas unidades administrativas.

Los horarios de entrada escalonados para los funcionarios en los días que asistan a los centros de trabajo. Estos horarios deberán encontrarse dentro de las 07:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes, considerando un total de 8 horas efectivas diarias de jornada de trabajo.

También trabajan desde su hogar las personas con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, así como personas con enfermedades crónicas no transmisibles (diabetes, hipertensión, pulmonar, hepática, metabólica, obesidad mórbida, insuficiencia renal, lupus, cáncer, cardiaca, entre otras, asociadas a un incremento en el riesgo de complicaciones).


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