/ miércoles 30 de octubre de 2024

Congreso de Sonora aprueba reforma de supremacía constitucional

La reforma de supremacía constitucional debe ser avalada por 17 congresos estatales antes de que se pueda declarar su validez

Los congresos de Zacatecas y Tamaulipas fueron los primeros en aprobar la reforma de supremacía constitucional, también conocida como la Ley Anti Amparo.

Zacatecas

Apenas unas horas después de que la Cámara de Diputados avalara la reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución, los legisladores zacatecanos aprobaron la enmienda.

Sin discusiones, la aprobación se llevó a cabo a las 21:30 horas de este miércoles, con el voto a favor de los diputados de Morena y sus aliados del Partido Verde y Partido del Trabajo

Tamaulipas

Con diferencia de unos minutos, el Congreso de Tamaulipas se sumó a Zacatecas y aprobó la iniciativa con 25 votos a favor y 7 en contra.

Representantes de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano se expresaron en contra de la decisión, pero la mayoría morenista se impuso.

Tabasco

El Congreso del Estado de Tabasco aprobó con 24 votos a favor y 8 en contra, la reforma en materia de impugnabilidad a las adiciones o reformas a la Constitución también conocida como "Reforma Anti Amparo".

Sonora

Poco antes de las 10:00 de la mañana de este jueves, el Congreso de Sonora también aprobó la llamada Ley Anti Amparo con 26 votos a favor y 7 en contra.

¿Qué es la Reforma Anti Amparo?

La iniciativa, impulsada por Morena, busca que las reformas constitucionales no puedan ser impugnadas por la vía judicial, es decir mediante amparos o acciones de inconstitucionalidad.

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Apenas este martes la Barra Mexicana de Abogados (BMA) y la Universidad de Stanford lanzaron un posicionamiento conjunto en el que advierten que la iniciativa de supremacía constitucional viola derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales.

“El acceso al control jurisdiccional es en sí mismo un derecho humano, y resulta indispensable para garantizar que las reformas constitucionales no vulneren los derechos humanos. La eliminación de dicho acceso mediante una reforma constitucional no la valida jurídicamente”, señalaron la Barra Mexicana de Abogados y la Facultad de Derecho de Stanford.

Los congresos de Zacatecas y Tamaulipas fueron los primeros en aprobar la reforma de supremacía constitucional, también conocida como la Ley Anti Amparo.

Zacatecas

Apenas unas horas después de que la Cámara de Diputados avalara la reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución, los legisladores zacatecanos aprobaron la enmienda.

Sin discusiones, la aprobación se llevó a cabo a las 21:30 horas de este miércoles, con el voto a favor de los diputados de Morena y sus aliados del Partido Verde y Partido del Trabajo

Tamaulipas

Con diferencia de unos minutos, el Congreso de Tamaulipas se sumó a Zacatecas y aprobó la iniciativa con 25 votos a favor y 7 en contra.

Representantes de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano se expresaron en contra de la decisión, pero la mayoría morenista se impuso.

Tabasco

El Congreso del Estado de Tabasco aprobó con 24 votos a favor y 8 en contra, la reforma en materia de impugnabilidad a las adiciones o reformas a la Constitución también conocida como "Reforma Anti Amparo".

Sonora

Poco antes de las 10:00 de la mañana de este jueves, el Congreso de Sonora también aprobó la llamada Ley Anti Amparo con 26 votos a favor y 7 en contra.

¿Qué es la Reforma Anti Amparo?

La iniciativa, impulsada por Morena, busca que las reformas constitucionales no puedan ser impugnadas por la vía judicial, es decir mediante amparos o acciones de inconstitucionalidad.

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Apenas este martes la Barra Mexicana de Abogados (BMA) y la Universidad de Stanford lanzaron un posicionamiento conjunto en el que advierten que la iniciativa de supremacía constitucional viola derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales.

“El acceso al control jurisdiccional es en sí mismo un derecho humano, y resulta indispensable para garantizar que las reformas constitucionales no vulneren los derechos humanos. La eliminación de dicho acceso mediante una reforma constitucional no la valida jurídicamente”, señalaron la Barra Mexicana de Abogados y la Facultad de Derecho de Stanford.

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