/ viernes 19 de julio de 2019

Vinculan a proceso penal a la presidenta municipal indígena de Chalchihuitán

La Comisión de Justicia estudia el caso

Tuxtla Gutiérrez.- La Comisión Permanente del Congreso del Estado vinculó a proceso penal a la presidenta municipal indígena de Chalchihuitán, Margarita Díaz García, desaforada el viernes de la semana pasada, tras denuncia penal presentada por la Auditoría Superior del Estado, a Cargo de José Uriel Estrada Martínez.

Durante la sesión presidida por la diputada Rosa Elizabeth Bonilla Hidalgo, presidenta de la mesa directiva, se informó que la alcaldesa es denunciada por Laura Elena Pachuca Coutiño, titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos, por el uso ilícito de atribuciones y facultades en agravio del erario de Chalchihuitán y la sociedad.

Se informó que desde el 17 de julio se dictó auto de vinculación a proceso en contra de la Hermelinda García Núñez, cómo probable coautor del hecho que la ley señala como delito de uso ilícito de atribuciones y facultades previsto y sancionado por el artículo 432 fracción IV en correlación a los diversos, 10, 14, párrafos primero y segundo fracción I, 15 párrafos I y II y 19 párrafos I y II, fracción III, del Código Penal vigente del estado de Chiapas.

El documento leído por la diputada Adriana Bustamante Castellanos, secretaria de la mesa directiva, precisa que se impuso al imputado la medida cautelar de prisión preventiva justificada en términos del artículo 19 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 167 párrafo I, 168 fracción I del Código Nacional de Procedimientos Penales, en correlación a los diversos, 153, 154 fracción segunda, 155 fracción XIV , 159 y demás relativos del Código Nacional de Procedimientos Penales, en correlación a los diversos 153, 154 fracción II , 155 fracción XIV, 159, 165 y demás relativos al referido cuerpo normativo de la materia.

Finalmente, de conformidad con lo dispuesto a los artículos 321 y 322, se fijó como plazo para el cierre de la investigación complementaria el de tres meses o su equivalente a tres 90 días naturales, el cual habrá de fenecer el 15 de octubre de este año sin perjuicio de que alguna de las partes solicite alguna prórroga o bien el ministerio público comunique el cierre anticipado del mismo.

En audiencia separada el 17 de julio, se dictó auto de vinculación a proceso en contra de Margarita Díaz García, cómo probable coautora del hecho que la ley señala como de uso ilícito de atribuciones y facultades previsto y sancionado por el artículo 432 fracción IV, imponiéndose medidas cautelares previstas en las fracciones I y V, artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales consistentes en la obligación de comparecer una vez por semana cada ocho días los días viernes en un horario de nueve a 16 horas.

Tiene prohibido salir sin autorización del juez de control del estado de Chiapas, en correlación a los diversos 153, 154 fracción II, 155 fracciones I y V, 159 y demás relativos del Código Nacional de Procedimientos Penales, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 321 y 322, se fijó como plazo para el cierre de la investigación complementaria el de tres meses o su equivalente a 90 días naturales, el cual habrá de vencer el 15 de octubre, sin perjuicio de que algunas de las partes solicite alguna prórroga o bien el ministerio público el cierre anticipado del mismo.

Así lo ha determinado Dora Luz López Méndez, Juez de Primera Instancia de Ejecución de Sentencia en funciones de Juez de Control de los distritos judiciales de San Cristóbal de las Casas y Bochil.

Tuxtla Gutiérrez.- La Comisión Permanente del Congreso del Estado vinculó a proceso penal a la presidenta municipal indígena de Chalchihuitán, Margarita Díaz García, desaforada el viernes de la semana pasada, tras denuncia penal presentada por la Auditoría Superior del Estado, a Cargo de José Uriel Estrada Martínez.

Durante la sesión presidida por la diputada Rosa Elizabeth Bonilla Hidalgo, presidenta de la mesa directiva, se informó que la alcaldesa es denunciada por Laura Elena Pachuca Coutiño, titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos, por el uso ilícito de atribuciones y facultades en agravio del erario de Chalchihuitán y la sociedad.

Se informó que desde el 17 de julio se dictó auto de vinculación a proceso en contra de la Hermelinda García Núñez, cómo probable coautor del hecho que la ley señala como delito de uso ilícito de atribuciones y facultades previsto y sancionado por el artículo 432 fracción IV en correlación a los diversos, 10, 14, párrafos primero y segundo fracción I, 15 párrafos I y II y 19 párrafos I y II, fracción III, del Código Penal vigente del estado de Chiapas.

El documento leído por la diputada Adriana Bustamante Castellanos, secretaria de la mesa directiva, precisa que se impuso al imputado la medida cautelar de prisión preventiva justificada en términos del artículo 19 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 167 párrafo I, 168 fracción I del Código Nacional de Procedimientos Penales, en correlación a los diversos, 153, 154 fracción segunda, 155 fracción XIV , 159 y demás relativos del Código Nacional de Procedimientos Penales, en correlación a los diversos 153, 154 fracción II , 155 fracción XIV, 159, 165 y demás relativos al referido cuerpo normativo de la materia.

Finalmente, de conformidad con lo dispuesto a los artículos 321 y 322, se fijó como plazo para el cierre de la investigación complementaria el de tres meses o su equivalente a tres 90 días naturales, el cual habrá de fenecer el 15 de octubre de este año sin perjuicio de que alguna de las partes solicite alguna prórroga o bien el ministerio público comunique el cierre anticipado del mismo.

En audiencia separada el 17 de julio, se dictó auto de vinculación a proceso en contra de Margarita Díaz García, cómo probable coautora del hecho que la ley señala como de uso ilícito de atribuciones y facultades previsto y sancionado por el artículo 432 fracción IV, imponiéndose medidas cautelares previstas en las fracciones I y V, artículo 155 del Código Nacional de Procedimientos Penales consistentes en la obligación de comparecer una vez por semana cada ocho días los días viernes en un horario de nueve a 16 horas.

Tiene prohibido salir sin autorización del juez de control del estado de Chiapas, en correlación a los diversos 153, 154 fracción II, 155 fracciones I y V, 159 y demás relativos del Código Nacional de Procedimientos Penales, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 321 y 322, se fijó como plazo para el cierre de la investigación complementaria el de tres meses o su equivalente a 90 días naturales, el cual habrá de vencer el 15 de octubre, sin perjuicio de que algunas de las partes solicite alguna prórroga o bien el ministerio público el cierre anticipado del mismo.

Así lo ha determinado Dora Luz López Méndez, Juez de Primera Instancia de Ejecución de Sentencia en funciones de Juez de Control de los distritos judiciales de San Cristóbal de las Casas y Bochil.

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