La reforma del Congreso del Estado al artículo 457 del Código Penal para el Estado de Chiapas, impone pena de 10 a 20 años de prisión y multa, con independencia de otros delitos, en contra de quienes comentan ecocidio, se pierdan vidas humanas o se afectare la integridad física de personas como consecuencia de las acciones encaminadas a controlar los incendios provocados.
Se establece como prioridad mitigar los efectos del cambio climático y reducir la pérdida de la biodiversidad, la conservación de los ecosistemas y la protección del medio ambiente, y se garantiza el derecho humano a un medio ambiente sano, previendo que el daño y deterioro generará responsabilidad para quien lo provoque.
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A la vez, refiere que las políticas públicas para la protección de los derechos en Chiapas, se encuentran encaminadas para que el Estado garantice a toda persona humana un medio ambiente adecuado para su bienestar en un entorno de desarrollo sustentable.
La propuesta previamente aprobada en comisiones, presentada por las diputadas Adriana Bustamante Castellanos y Valeria Santiago Barrientos, señala que el reclamo de la sociedad es en materia de preservación y protección al ambiente, así como contar con herramientas jurídicas que permitan salvaguardar el derecho de las personas a contar con un entorno adecuado, mejorar su calidad de vida en todos los ámbitos.
Con la reforma legal Chiapas pretende contribuir al cumplimiento de los objetivos de la agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, de la Organización de las Naciones Unidas, y asume el compromiso de gestionar los recursos a fin de salvaguardar el patrimonio natural.
En el 2019 se registraron 452 incendios forestales que afectaron a 31 mil 175 hectáreas, requiriendo 33 mil 880 días hombre para su combate, a pesar de los esfuerzos no han sido suficientes para disminuir los incendios forestales, en el 2018 se registraron 6 mil 970 incendios.
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