La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) con el que se aprobó el registro de la fórmula de candidatas a diputadas por el principio de mayoría relativa postulada para el Distrito Electoral Federal Indígena 02 con cabecera en Bochil, por la Coalición “Juntos Hacemos Historia”, Patricia Mass Lazos, propietaria y Amanda Farfán Solís, suplente.
Mass Lazos es diputada local por el principio de representación proporcional en la LXVII Legislatura del Congreso del Estado y el 4 de abril inició campaña política para las elecciones locales federales postulada por los partidos políticos (Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), del Trabajo (PT) y el Verde Ecologista de México (PVEM).
El Distrito Electoral Federal 02 lo confirman los municipios de Bochil, Amatán, Chalchihuitán, El Bosque, Chenalhó, Huitiupán, Ixhuatlán, Ixtapa, Jitotol, Larráinzar, Mitontic, Pantelhó, Pueblo Nuevo Solistahuacán, Simojovel, Soyaló, Aldama, San Andrés Duraznal y Santiago el Pinar.
Precisa el órgano jurisdiccional federal que el INE tuvo por acreditado el requisito de contar con la autoadscripción calificada indígena basándose en documentación irregular, además de que existen muestras de la alteración indebida y deliberada respecto al sentido del acta de verificación sobre la autenticidad de las constancias de residencia presentadas por las candidatas.
También advierten los magistrados electorales federales contradicciones entre las documentales exhibidas y el registro Patricia Mass Lazos y Amanda Farfán Solís, por lo que ordenó dar diversas vistas a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE) para que se deslinden las responsabilidades a que, en su caso, haya lugar.
Tras revocar los registros de las candidaturas cuestionadas, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concedió a la coalición Juntos Haremos Historia un plazo de 48 horas para que rectifique la solicitud de registro de la fórmula que ya realizaba proselitismo político.
También revocó el acuerdo del Consejo General del INE relativo a la negativa de sustitución y cancelación del registro de la fórmula por el principio de mayoría relativa en el Distrito Electoral Federal 07 con cabecera en Tonalá, de Federico Ovalle Vaquera y María Castillejos Vázquez, postulada por la Coalición “Va por México”, conformada por los partidos políticos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD).