Los partidos políticos sustituyeron los espacios generados por las 45 renuncias de aspirantes a puestos de elección para los comicios locales del 6 de junio presentadas posterior a la emisión del acuerdo IEPC/CG-A/168/2021, del 13 de abril por parte del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.
También obra en los archivos de la Dirección Ejecutiva de Asociaciones Políticas del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, 16 renuncias a candidaturas con ratificación pendientes de sustitución, en términos del artículo 190, numeral 1, fracción III, del Código de Elecciones y Participación Ciudadana, podrán realizarse a más tardar el 17 de mayo.
Por no apegarse al procedimiento establecido en el numeral 15 de los lineamientos de paridad de género aprobados por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), resultaron improcedentes las solicitudes de renuncia de integrantes una planilla del municipio de Catazajá.
Ellos son Esteban Venustiano Gómez Pérez, en su calidad de síndico; María José Pérez López, 1era. Regiduría; Santiago Hernández Cruz, 2da. Regiduría; Sonia López Hernández, 3era. Regiduría; Filemón Arias Pérez, 4ta Regiduría; Albertina Pérez García, 5to. Regiduría; Cristina Arias Pérez, Primer Suplente General; Rosalinda Pérez Espinosa; 2da. Suplente General; Ana González Hernández, 3er Suplente General.
Sin muy diversos los intereses de los partidos políticos para realizar las sustituciones de los candidatos y candidatas a puestos de elección, no documentan que haya presión hacia los aspirantes a puestos de elección para abandonar la contienda, sin embargo, puede seguir estas determinaciones hasta 20 días antes de las elecciones del 6 de junio.