Partidos pueden renunciar a una parte de sus recursos que aún no reciben: IEPC

Los partidos políticos que deseen renunciar a partir de mayo a una parte de su financiamiento público para que sea destinado a la emergencia, deberán solicitarlo formalmente al IEPC

Elam Náfate | Heraldo de Chiapas

  · martes 14 de abril de 2020

Foto: Isaí López


Luego de que el Comité Ejecutivo Estatal de Morena en Chiapas anunciara su intención de aportar el 50 por ciento de sus prerrogativas para hacer frente a la pandemia del covid-19 en Chiapas, el Órgano Público Local Electoral, a través de su consejero presidente precisó que, si bien es una intención noble, los partidos políticos están obligados a usar los recursos para los fines que mandata la Constitución y la ley.

Sin embargo, también precisó que, si pueden renunciar a una parte de su financiamiento público, siempre y cuando no lo hayan recibido; es decir que los recursos que ya obran en poder de los institutos políticos deberán ser utilizados para los fines establecidos, pero los recursos que aun van a recibir pueden realizar una solicitud y renunciar a ellos, previa aprobación del Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana de Chiapas.



Consejero Oswaldo Chacón Rojas, ¿Es válido o legal el anuncio del partido Morena en Chiapas?


Por supuesto que es un fin noble, sensible ante la situación de emergencia que estamos atravesando, pero cabe hacer una observación. Los partidos políticos están obligados a utilizar los recursos de sus prerrogativas para los fines que tienes exclusivamente mandatos en la Constitución y en la Ley. Por lo tanto, los partidos políticos no pueden realizar ningún tipo de donación directa o indirecta de los bienes y recursos públicos o privados de que dispongan, pues ello no se encuentra entre las atribuciones que tienen establecidas como entidades de interés público, e incluso resulta contrario al Reglamento de Fiscalización del INE.


¿Cual sería la opción para los partidos que quieran aportar a esta emergencia?


Ahora bien, los partidos políticos que así lo decidan, si puede renunciar a una parte de su financiamiento público siempre y cuando no lo hayan recibido aún. En su caso, dicha solicitud, debe hacerse del conocimiento del IEPC para que en Consejo General determinemos la procedencia de dicha renuncia, tal y como lo ha establecido el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Es decir, la renuncia a esos recursos puede aplicarse exclusivamente respecto de los recursos aún no han sido entregados al partido político, en este caso como ya fue ministrado el mes de abril, tendría que ser a partir de mayo. Los recursos que ya fueron ministrados deben ser destinados exclusivamente a los fines para los que les fueron entregados, es decir, a un objeto de gasto partidista.



¿Cuál sería la ruta que deberían seguir los partidos que quieran apoyar con sus prerrogativas la emergencia del Covid 19?


Los partidos políticos que deseen renunciar a partir de mayo a una parte de su financiamiento público para que sea destinado a la emergencia, deberán solicitarlo formalmente al IEPC, precisando las "modalidades" mediante las cuales realiza dicha renuncia. El IEPC tendría que sesionar para aprobar lo conducente, y dichos recursos se reintegrarán inmediatamente a la Secretaria de Hacienda, para que dicho órgano del gobierno disponga de los mismos en los términos de la legislación aplicable.

Por último, precisó que “los partidos que decidan actuar de esta manera, deberán considerar el pago de sanciones o multan que tengan impuestas, y que su renuncia a una parte de sus prerrogativas, no elimina la obligación de llevar a cabo actividades específicas y de promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres”.

/TG