En el municipio indígena de Oxchuc no se construyen acuerdos para avanzar en la realización del proceso electoral por sistemas normativos internos o usos y costumbres, para elegir a sus autoridades municipales en asamblea general, ello debido a que los integrantes del concejo municipal no ha asumido su responsabilidad de convocar a la realización de la asamblea general por mandato del Congreso del Estado.
El Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH) acreditó este martes en el juicio 02/2022 y su acumulado 03/2022, y juicio 05/2022 y su acumulado 06/2022, la responsabilidad de violencia política cometido por el presidente del concejo municipal de Oxchuc, Luis Sántiz Gómez, en contra de la concejal síndica, Regina Encinos Méndez y en contra del concejal regidor, Reynaldo Gómez Méndez, por impedir el ejercicio de sus cargos que les fue conferido desde finales de febrero de este año por el Congreso del Estado.
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De acuerdo con los tres magistrados electorales, la pretensión de los actores, síndica y regidor, consiste en que el concejal presidente les permita ejercer y desempeñar el cargo para el que fueron designados por la LXVIII Legislatura local con derechos y obligaciones respectivas, esto es, que se les tome la protesta de ley, sean convocados a actos, sesiones de cabildo, actividades propias del ayuntamiento y se les pague sus remuneraciones.
Los magistrados Gilberto de Guzmán Bátiz García, Celia Sofía de Jesús Ruiz Olvera y Caridad Guadalupe Hernández Zenteno, declararon fundado los agravios cometidos por el concejal presidente de Oxchuc por la obstrucción para el ejercicio del cargo en contra de la síndica y regidor, porque no ha podido ejercer sus cargos con forme a sus atribuciones compete desde que fueron nombrados por el Congreso del Estado, en febrero pasado, tampoco se les ha pagado sus salarios correspondientes, lo que representa una afectación a sus derechos políticos electorales.
A la vez, ordenan al concejo municipal de Oxchuc y a su concejal presidente, Luis Sántiz Gómez, a que deberá convocar a asambleas en todas las comunidades indígenas y barrios a efecto de que conformen la asamblea general comunitaria para la elección de sus autoridades municipales por sistemas normativos internos, debido a que es la autoridad responsable para ello, la concejal síndica y concejales regidores por sí solos no tienen facultades para ello.
El pleno del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas vinculó a la Secretaría General de Gobierno para que de cumplimiento a los efectos señalados en la resolución, instancia responsable del diálogo, de la mediación para la construcción de acuerdos en ese municipio de Oxchuc, se dejan vigentes las medidas de protección decretadas el 24 de junio de este año a favor de la concejal síndica, Regina Encinos Méndez y el concejal regidor, Reynaldo Gómez Méndez, del concejo municipal.
Completan el concejo municipal de Oxchuc, los concejales regidores Lucio Sántiz Gómez y concejal regidora Margarita Sántiz López, quienes no han alcanzando consensos para avanzar en la convocatoria, organización y desarrollo del proceso electoral por sistemas normativos internos en ese municipio.
La inconformidad de la concejal síndica Regina Encinos Méndez y el concejal regidor, Reynaldo Gómez Méndez, se debe a que el presidente del concejo municipal, Luis Sántiz, es a la vez, miembro vocal del Órgano Electoral Comunitario de Oxchuc, estructura responsable de organizar, de manera conjunta con el concejo municipal el proceso electoral comunitario.