Gran controversia ha causado la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en el sistema de pensiones de trabajadores al servicio del Estado, el cual se calculará con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y no en el salario mínimo (SM), donde el valor de la UMA es de 89.62 pesos diarios, es decir, 2 mil 724.45 pesos mensuales, mientras que el del salario mínimo general es de 141.70 pesos, esto es, 4 mil 307.68 pesos mensuales.
Al respecto, la secretaria de la Sección 13 del Sindicato de Trabajadores del Sistema Nacional de Salud en Chiapas, Claudia Velasco Zúñiga, lamentó esta decisión de la Suprema Corte, porque es violatoria de los derechos humanos y va en sentido contrario a lo que ha determinado la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que las pensiones deben tener como referencia el salario, lo que afectará a más de 8 mil trabajadores de la salud en la entidad.
Además, admitió que esta emisión de la jurisprudencia es irreversible, porque precisamente ya es ley, solo queda a los sindicatos que defienden los derechos de los trabajadores acudir a organismos internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, o la Organización Internacional del Trabajo (OIT), para apelar esta ley.
Velasco Zúñiga aclaró que esta reforma no es nueva, ya que se remonta a la administración del presidente Felipe Calderón que promovió una reforma a la ley del ISSSTE en el 2007, pero al emitirse la jurisprudencia se cae en un gran retroceso, en perjuicio para todos los trabajadores del estado, llámese a todos quienes dependen del gobierno federal y son derechohabientes del ISSSTE.
En términos legales, la líder de los trabajadores de salud, mencionó que, con lo anterior, el tope en UMA aplicará a los trabajadores sujetos al Artículo Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, es decir, aquellos que tras la reforma a la Ley del ISSSTE, que entró en vigor en abril de 2007, decidieron permanecer en el esquema de pensión vitalicia que paga el Estado y rechazaron el esquema de cuentas individuales o bono de pensión.
Quiere decir que la resolución de la Suprema Corte se convierte en jurisprudencia y eso implicará que a partir de ahora el máximo de pensión jubilatoria a alcanzar para los empleados del sector público será de 10 UMAs, que para 2021 sería un equivalente a aproximadamente 27 mil pesos mensuales, es decir alrededor de un 20 por ciento menos, que si lo recibieran en salario mínimo.
Velasco Zúñiga destacó en que la jurisprudencia de la Corte es desafortunada para los trabajadores, ya que reduce el monto de la pensión que es un derecho ya adquirido por los trabajadores, por lo que consideraron que el fallo del máximo tribunal atendió aspectos financieros, económicos y políticos, por lo que en Chiapas esta decisión de la corte afectaría cuando menos a 8 mil trabajadores de base actualmente, sin contar los que se encuentran en un proceso prejubilatorio.