San Cristóbal de Las Casas.- “Desgraciadamente, personas que cometen delitos o faltas administrativas son retenidos por los propios ciudadanos, entendemos el hartazgo, coraje en contra de las arbitrariedades, sin embargo no es apropiado el hacerse justicia por propia mano, de acuerdo a la ley cualquier ciudadano puede hacer una detención en flagrancia, pero dice que inmediatamente lo pondrá a disposición de la autoridad, si abusan y lo golpean, pasa de ser un victimario a una víctima”.
Así lo mencionó Félix Penagos Madrigal, Director de la Policía Municipal de San Cristóbal, quien a pregunta expresa sobre la situación de las personas que son retenidas y antes de entregarlo a las autoridades son golpeados, explicó que el Sistema Actual Penal es “garantista y tiende a cumplir la norma de manera tacita, y si llevan a una persona muy golpeada, difícilmente el Ministerio Publico lo va recibir”.
Y es que refirió que en casos de San Cristóbal, la gran mayoría son entregados y nadie denuncia, quedando en manos de la Policía Municipal, “y nosotros , para que no incurramos en una responsabilidad, tenemos que hacer la noticias criminal pero diciendo que también en el abuso de la fuerza, fue golpeado, y lo mas seguro es que no judicialice ningún ministerio Publico, ni lo vaya recibir un juez”.
Abundó que si el presunto delincuente es severamente golpeado, es enviado a un nosocomio para primero salvaguardar su vida, ya que la Policía es garante de la seguridad física de las personas al momento de detenerlas “por eso no dejamos que los golpeen, no es porque los defendamos, sino porque la ley a nosotros nos obliga ser garantes, porque aun cometiendo un delito, el código lo maneja bajo el esquema de la presunción y deja de ser presunto hasta que va a juicio y es declarado culpable”.
Penagos Madrigal enfatizó que lo recomendable es que si tiene una retención de los ciudadanos, lo entreguen de inmediato a la autoridad y darle seguimiento para que el cause legal lleve a una sanción, pues muchas veces solo lo retienen, lo golpean y nadie se pronuncia si es un delito patrimonial como robo, “y como es a petición de la parte agraviada, no se puede perseguir el delito, a diferencia cuando es la violencia familiar, que ya no necesita querella de parte de la víctima, procede de inmediato”.