El presidente municipal de Unión Juárez, Doni Alan Verdugo Aguilar, por su condición de discapacidad pretendía contender en las elecciones del 6 de junio para reelección sin dejar el cargo, sin embargo, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) le respondió que no es posible, debido a que no se encuentra obligado a regular en determinado sentido la aplicación de cuitas en materia de derechos políticos electorales de personas discapacitadas.
Mediante acuerdo, emitió reglamento para el registro de candidaturas para los cargos de diputados locales y miembros de ayuntamientos, en el proceso local ordinario 2021, y en su caso, extraordinario 2021, que establece que el partidos político, coalición, candidatura común o candidatura independiente deberá precisar la adscripción a una persona con discapacidad.
Si bien el Estado debe realizar políticas que promuevan las condiciones necesarias para la igualdad, la elección de una acción dependerá del contexto en que se aplique y del objetivo a lograr, es decir, a pesar de que tal y como afirma Doni Alan Verdugo Aguilar, la figura más conocida de las acciones afirmativas son las políticas de cuotas o cupos, estás no son las únicas.
En ese sentido, el IEPC responde le responde que no está obligado a implementar específicamente está figura, en el caso, se optó por la emisión del Reglamento para el registro de candidaturas, por el que no puede concluirse que existe omisión o discriminación, además, no existe disposición disposición legal que exprese que el Órgano Público Local Electoral se encuentre obligado a regular en determinado sentido de cuotas en materia de derechos políticos electorales de personas con discapacidad.
De acuerdo con el Cronograma para el Proceso Electoral Local Ordinario 2021, elaborado por el IEPC, todos los servidores públicos municipales y diputaciones locales tienen como fecha límite el 8 de marzo para separarse del cargo para buscar la reelección en las próximas elecciones de junio venidero.