La profesora investigadora en la licenciatura en Gestión y Autodesarrollo Indígena de la Universidad Autónoma de Chiapas en el Campus III de San Cristóbal de las Casas, Elisa Cruz Rueda, consideró como un acto de mala fe de parte del Congreso del Estado al aprobado reformas constitucionales en materia electoral en plena pandemia del coronavirus (Covid 19), se trata de un madruguete.
Durante un foro organizado por el Centro de Estudios para la Construcción de Ciudadanía y la Seguridad (CECOCISE), dijo que la reforma a la Constitución Política del Estado de Chiapas y la creación de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicada el 24 de junio, ´no se trata de una nueva ley, sino que es un libro séptimo: “de la elección de miembros de ayuntamientos por sistemas normativos internos´.
Desde ahí hay que tener mucha claridad, si bien han subrayado sus bondades y grandes características de estas reformas, estas se ven achicadas por la manera en que se incorpora a un sistema de partidos políticos y a un sistema electoral que de por sí es negadora de los derechos de los indígenas y sus pueblos, subrayó la investigadora.
En presencia de abogados, consejeros electorales, líderes indígenas y académicos, la antropóloga e integrante del Sistema Nacional de Investigadores, insistió que la reforma hace un agregado para aquellos que siempre se les ha olvidado que son los indígenas y sus pueblos.
Tradicionalmente el sistema electoral ha sido negadora de derechos de los pueblos indígenas
Se trata del capítulo II de la Constitución Política del Estado de Chiapas: ´De los pueblos indígenas´, del artículo 2, que si bien hay algunas cosas que podemos elogiar, generan mucha tensión porque la estructura del pueblo mexicano ha sido negadora de derechos de los pueblos indígenas, y no ha establecido los mecanismos de diálogo suficiente para que sus derechos sean incorporados, sobre todo, su visión del mundo.
Tienen derecho a que sean oídos, al acceso a la justicia y al reconocimiento de sus usos y costumbres, pero no se cumple con el respeto a su cosmovisión y eso es un indicativo de mala fe y de falta de respeto a los pueblos originarios, no se establecen normas de diálogo intercultural, analizó Cruz Rueda.
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Dijo que esta manera de reformar leyes en sí y por sí, es una muestra de discriminación cuando se refiere “a las personas de origen étnico”, pone candado a la consulta que deben tener los pueblos indígenas con base en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y se califica la auto adscripción, contraviniendo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Además, la reforma tiene un error muy grave al señalar “la libre autodeterminación” que no existe en ningún instrumento internacional, lo que existe es “la autonomía y la libre determinación”, que no se cumple en la práctica, la visión es partidista, se pone los partidos políticos como los actores centrales de la participación política, sin normas para un diálogo intercultural, ni considera la ciudadanía comunitaria.
Mientras tanto, en los municipios regidos por sistemas normativos internos se pide a los partidos se abstengan de interferir, pero no hay obligatoriedad de la autoridad de sancionarlos, la redacción se quedó muy corta, y no atiende la violencia estructural en contra de los pueblos originarios.
No será posible elegir diputados por usos y costumbres, solo va a ser así para los ayuntamientos, pero de manera parcial, por ello, planteó impugnar esta reforma constitucional en materia electoral ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que tiene por debajo arbitrariedades, puntualizó.