/ martes 3 de diciembre de 2019

Juzgado protege y ampara a desplazados de Chiapas

Estas acciones son parte del litigio estratégico y acompañamiento en la defensa de derechos humanos


Tras 16 meses de litigio por la vía de amparo, en donde tres familias indígenas demandaron omisiones por parte de autoridades estatales y del ayuntamiento de Zinacatán, por no atender de manera oportuna el desplazamiento forzado de 16 personas del paraje Shulvó, el Juzgado Segundo de Distrito con sede en Tuxtla Gutiérrez, protegió y amparó a los quejosos y ordenó a las autoridades a otorgar asistencia humanitaria satisfactoria consistente en cobijo, alojamiento básico y vestido adecuado.

Lee también: Desplazados del Ejido Puebla exigen resultados


Yasmín Pinto Ruíz, abogada del Centro de Derechos Humanos Ku´Untik, declaró que la relevancia de esta sentencia se desprende que por primera vez un juez federal se pronuncia sobre un caso de desplazamiento forzado en Chiapas, fenómeno que ha desplazado a miles de familias indígenas, principalmente en la zona altos y región selva de Chiapas y en donde durante años la autoridad no ha accionado mecanismos idóneos para la prevención y atención del desplazamiento forzado.


Estas acciones son parte del litigio estratégico y acompañamiento en la defensa de derechos humanos que implementa el Centro de Derechos Humanos Ku´Untik a favor de las familias en situación de desplazamiento, expresó la abogada.


Por su parte, Diego Cadenas Gordillo, director del Centro de Derechos Humanos Ku´Untik, dijo que, con esto, el Estado mexicano reconoce que dichas personas fueron desplazadas arbitrariamente, por lo que comentó que las exigencias que han hecho como defensores no son más que las obligaciones que tiene el Estado con las personas desplazadas.


De acuerdo con los tratados internacionales, la obligación del Estado mexicano, desde el momento del desplazamiento forzado, debe brindar el apoyo necesario a las personas en esa situación, garantizando siempre sus derechos humanos: Educación, trabajo, vivienda, ropa, alimentación, en tanto se dan las posibilidades de su retorno.


En este sentido, recordó que la resolución que dieron a conocer fue la segunda a nivel nacional, ya que la primera se dio en el estado de Chihuahua.

/TG


Tras 16 meses de litigio por la vía de amparo, en donde tres familias indígenas demandaron omisiones por parte de autoridades estatales y del ayuntamiento de Zinacatán, por no atender de manera oportuna el desplazamiento forzado de 16 personas del paraje Shulvó, el Juzgado Segundo de Distrito con sede en Tuxtla Gutiérrez, protegió y amparó a los quejosos y ordenó a las autoridades a otorgar asistencia humanitaria satisfactoria consistente en cobijo, alojamiento básico y vestido adecuado.

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Yasmín Pinto Ruíz, abogada del Centro de Derechos Humanos Ku´Untik, declaró que la relevancia de esta sentencia se desprende que por primera vez un juez federal se pronuncia sobre un caso de desplazamiento forzado en Chiapas, fenómeno que ha desplazado a miles de familias indígenas, principalmente en la zona altos y región selva de Chiapas y en donde durante años la autoridad no ha accionado mecanismos idóneos para la prevención y atención del desplazamiento forzado.


Estas acciones son parte del litigio estratégico y acompañamiento en la defensa de derechos humanos que implementa el Centro de Derechos Humanos Ku´Untik a favor de las familias en situación de desplazamiento, expresó la abogada.


Por su parte, Diego Cadenas Gordillo, director del Centro de Derechos Humanos Ku´Untik, dijo que, con esto, el Estado mexicano reconoce que dichas personas fueron desplazadas arbitrariamente, por lo que comentó que las exigencias que han hecho como defensores no son más que las obligaciones que tiene el Estado con las personas desplazadas.


De acuerdo con los tratados internacionales, la obligación del Estado mexicano, desde el momento del desplazamiento forzado, debe brindar el apoyo necesario a las personas en esa situación, garantizando siempre sus derechos humanos: Educación, trabajo, vivienda, ropa, alimentación, en tanto se dan las posibilidades de su retorno.


En este sentido, recordó que la resolución que dieron a conocer fue la segunda a nivel nacional, ya que la primera se dio en el estado de Chihuahua.

/TG

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