IEPC aprueba lineamientos para evitar la promoción personalizada por pandemia

La finalidad de los lineamientos es la de salvaguardar la equidad del próximo proceso electoral local que iniciará el 15 de enero para elegir el 6 de junio del 2021 miembros de 124 ayuntamientos y 40 diputados locales propietarios y 40 suplentes

Isaí López | El Heraldo de Chiapas

  · miércoles 10 de junio de 2020

Foto: Isaí López | El Heraldo de Chiapas


El Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) aprobó lineamientos para regular la acreditación de la infracción prevista en el artículo 275, fracción III, del Código de Elecciones y Participación Ciudadana, cometida por las y los servidores públicos en el estado, durante el tiempo que duren los efectos de la pandemia por Covid-19.

Durante una sesión pública virtual presidida por el consejero Oswaldo Chacón Rojas, el Órgano Público Local Electoral informó en presencia de representantes de nueve partidos políticos, que del periodo comprendido del 27 de abril al 9 de junio ha atendido 8 quejas y denuncias en contra de servidores públicos por la presunta comisión de promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y actos de proselitismo.

La finalidad de los lineamientos es la de salvaguardar la equidad del próximo proceso electoral local que iniciará el 15 de enero para elegir el 6 de junio del 2021 miembros de 124 ayuntamientos y 40 diputados locales propietarios y 40 suplentes, amenazado por la situación de salud en la que todas y todos nos encontramos expuestos, sostuvo Chacón Rojas.






Se pretende evitar la difusión de propaganda en cualquier medio, que implique la promoción o posicionamiento de una persona para la obtención de una candidatura de manera anticipada a los tiempos establecidos, prevenir, investigar y, en su caso, corregir las conductas que vulneren los principios y fines que rigen a las contiendas electorales, insistió Edmundo Henríquez Arellano.

Los lineamientos son aplicables a cualquier persona que aspire a un cargo de elección popular, es decir, a todos los actores que busquen verse favorecidos con el voto o apoyo de la ciudadanía para alcanzar una precandidatura y a la postre un cargo de elección popular, determinaron por unanimidad los seis consejeros electorales.

Se regulan la difusión de cualquier propaganda, mensaje o expresión de promoción realizada en cualquier medio de difusión, fuera de los plazos electorales previamente establecidos, establece medios de control para prevenir e inhibir la difusión anticipada de aspiraciones políticas con miras a acceder a un cargo de elección popular en detrimento de la equidad en la contienda.





El IEPC advierte que no es equitativo que algunas o algunos servidores públicos se aprovechen de la pandemia para otorgar “asistencia social” realizando

una sobre exposición de su nombre e imagen, lo cual, evidentemente genera un desequilibrio en la próxima contienda electoral, enfatizó la consejera Sofía Martínez de Castro León.






Subraya la consejera María Magdalena Vila Domínguez, que la equidad constituye uno de los vértices más importantes junto con la igualdad de oportunidades y la libertad del sufragio, es uno de los pilares para la construcción de la confianza en el IEPC y en los resultados de las elecciones y posibilita el pleno ejercicio de los derechos político - electorales.

Puntualiza la consejera Sofía Margarita Sánchez Domínguez, que no es congruente con el sistema democrático, con los principios y fines constitucionales que buscan garantizar la imparcialidad y la equidad en las elecciones afirmar que el OPLE no puede válidamente dictar medidas para garantizar tales principios y fines, ejercerá su autoridad con organización, control y sanción de conductas ilícitas.

/TG