En el Juicio para la protección de derechos políticos electorales, que Tania Elizabeth Ramírez Alfaro, y habitantes de El Parral, presentaron ante el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, exponen que existe un evidente exceso de facultades por parte del Congreso del Estado, al nombrar el 30 de septiembre "de manera arbitraria, excesiva y por demás inconstitucional", el concejo municipal en esa localidad tras la declaración de nulidad de las elecciones del 6 de junio misma que se dictaminó el 17 de julio.
En el documento del que da cuenta a la actual presidenta del Congreso del Estado, María de los Ángeles Trejo Huerta, se sostiene que los hechos violentan los derechos políticos electorales de los habitantes de El Parral, vulnerando además, las normas constitucionales federales y locales.
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Tal exceso en el ejercicio de sus facultades implica una violación a los principios administrativos de autoridad y de las facultades soberanas a la que los poderes del estado deben someterse, con su exceso invade esferas que no le competen, mediante procedimientos inexistentes desatiende el mandato de convocar a una elección extraordinaria para garantizar el derecho a votar, indicaron los quejosos.
De acuerdo con Ramírez Alfaro, el Congreso del Estado sin mediar fundamentación y motivación adecuadas, determina suprimir ese derecho ciudadano declarando que el período durante el cual funcionará el concejo municipal de El Parral será hasta el 30 de septiembre del 2024, lo que indigna a quienes exigen elecciones extraordinarias pues aseguran que los integrantes del consejo municipal fueron impuestos para dirigir los destinos del municipio sin haber sido elegidos constitucionalmente.
Además, falta la fundamentación y motivación cuando argumenta que no existen condiciones para realizar elecciones extraordinarias pero sin justificar como es que se llega a esa resolución y sin que existe un fundamento legal aplicable concretamente al caso, indicó Ramírez.
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También falta fundamentar la motivación para designar unilateralmente y sin mediar procedimiento a los concejales presidenta Nadya Ruth Tipacamú Ramirez; concejal síndico, Russel García Ramírez y concejales regidores María de Jesús Fernández Molina, Maura Ruiz Suchiapa y Luis Alonso Espinosa Ruiz.
Precisa la actora de la impugnación que el Congreso del Estado se excede de facultades al anular de hecho, la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas que le ordenó convocar a elecciones extraordinarias y nombrar en tanto eso sucede, autoridades municipales provisionales.
Desacató el mandato del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, invade facultades al establecer criterios de integración no determinados ni reconocidos en la ley, y finalmente restringe el libre ejercicio ciudadano a participar en las elecciones y en consecuencia, votar y ser votado.