¿Cómo se nombra a un nuevo obispo? Arquidiócesis de Tuxtla Gutiérrez en proceso

Tras la muerte de Monseñor Fabio Martínez Castilla, la Arquidiócesis de Tuxtla Gutiérrez deberá de realizar un proceso para la elección de un nuevo Arzobispo

Ángel Canseco | El Heraldo de Chiapas

  · martes 28 de noviembre de 2023

Rodrigo Aguilar Martínez durante una misa junto a La Sociedad Civil "Las Abejas de Acteal" en Chenalhó. Actualmente fue designado administrador de la Arquidiócesis de Tuxtla Gutiérrez, / Foto: Pedro Valtierra Anza | Cuartoscuro

La Arquidiócesis de Tuxtla Gutiérrez se prepara para un proceso de elección de un nuevo Arzobispo tras el reciente fallecimiento de Monseñor Fabio Martínez Castilla. Este proceso, en conformidad con las normativas eclesiásticas, implica varios pasos y la intervención directa del Vaticano.

La designación del nuevo Arzobispo recae en el Papa, quien tiene la autoridad para nombrar libremente a sacerdotes que serán consagrados como Obispos. En la Iglesia de rito latino, la norma común es el nombramiento directo por el Romano Pontífice.

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Previo a la designación, los Obispos diocesanos de la misma provincia eclesiástica o de la misma Conferencia Episcopal deben elaborar y mantener actualizada una lista de presbíteros idóneos para el episcopado. Esta lista incluye a sacerdotes que no están incardinados en las diócesis pero que residen en su territorio.

Cuando se produce una vacante en una diócesis, el Legado pontificio, representado por el Nuncio, Pronuncio o Delegado Apostólico, propone a la Santa Sede una terna de nombres. Esta propuesta sigue una exhaustiva investigación sobre la idoneidad de los candidatos y la situación particular de la diócesis en cuestión.

¿Cuáles son los requisitos que se requieren para ser obispo?

Entre las consideraciones que las autoridades eclesiásticas toman para tener en cuenta a alguien como candidato se encuentran:

  1. Insigne por la firmeza de su fe, buenas costumbres, piedad, celo por las almas, sabiduría, prudencia y virtudes humanas
  2. Buena fama
  3. Mínimo de edad de 35 años
  4. Ordenado de presbítero desde hace al menos cinco años
  5. Doctor o al menos licenciado en sagrada escritura, teología o derecho canónico, por un instituto de estudios superiores aprobado por la Sede Apostólica