De acuerdo a la recomendación dirigida a la Secretaria de Educación Pública estatal, Rosa Aidé Domínguez Ochoa; presidenta de la Junta Directiva de la Universidad Politécnica de Chiapas (UPCh); emitida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) documenta la “violación al derecho a la libertad de expresión en su modalidad de acceso a la información” en agravio de la periodista Gabriela Coutiño.
La CEDH radicó la queja de la periodista el día 18 de septiembre de 2019 e integró el expediente de queja CEDH/946/2019. En dicha queja, la periodista relata los hechos que antecedieron:
“Soy periodista que ha realizado cobertura para diversos medios de comunicación sobre diversos temas de la vida política, social y económica de Chiapas. Especialmente en los últimos meses me he dedicado a la cobertura estatal de los hechos sobre la cruzada nacional contra el hambre que se denomina la “estafa maestra” asunto de interés nacional”, señala la periodista.
“Para ello entre otras redes sociales, utilizo la red social twitter como herramienta de trabajo, pues me permite difundir las notas que redacto y mantener contacto con el ciudadano que lee las noticias estatales. Hace días me percaté que el Rector de la UPCh me había bloqueado en la red social twitter, impidiéndome tener acceso a la información que comparte como autoridad universitaria en su cuenta personal, información que es de interés público y de carácter general”, agrega.
En su queja, la periodista también indica que “las autoridades están obligadas a difundir información de interés público; no solo en lo que concierne a las actividades llevadas a cabo en el desempeño del encargo conferido, sino también en el establecimiento de canales de comunicación con la ciudadanía a través de plataformas digitales o de redes sociales como twitter”.
En el alegato, el rector de la UPCh intentó su defensa alegando que ”desconoce si la periodista ostentaba tal oficio y que además pone en riesgo su integridad y la de su familia por divulgar información no corroborada. Más adelante, en la denuncia; Navor Ballinas se contradice al afirmar que en ningún momento ha impedido su actividad periodística.
Gabriela Coutiño responde en los alegatos que en caso de existir riesgo a su integridad –como Navor Ballinas aduce- ese riesgo vendría de la Auditoría Superior de la Federación y de la Fiscalía General de la República, instituciones federales que tienen integrada dos denuncias sobre el tema de la Cruzada Nacional Contra el Hambre.
Por ello, la CEDH en su dictamen declara que “las publicaciones que se encuentran en la cuenta de Navor Ballinas corresponden a tuits con información personal, tuits con información relacionada a las actividades que ejerce el Rector y retuits con información proveniente de otras cuentas oficiales del gobierno de Chiapas y de periódicos locales y nacionales.
Por lo tanto, para la CEDH, Navor Ballinas en su calidad de servidor público y como sujeto obligado de acuerdo a la Ley General de Transparencia de Chiapas “tiene la obligación de promover y respetar el acceso a la información de los gobernados”.
La propia CEDH reconoce que 1 año después de la denuncia el Rector Navor Ballinas permanece obstruyendo el acceso a la información vertida en su cuenta de twitter a Gabriela Coutiño lo que se “tradujo en la continua transgresión del derecho a la información de la agraviada”
De cualquier forma, la CEDH está instruyéndolo a Navor Ballinas a “desbloquear” de la red social Twitter a la Periodista Gabriela Coutiño porque su cuenta en la red social mencionada “es pública, es decir, permite a cualquier usuario un libre acceso al contenido que se encuentra en ella”, la CEDH continúa diciendo en su dictamen que el Rector de la UPCh “al tomar la decisión de incluir información generada por su actividad como funcionario, automáticamente transformó su naturaleza en pública, ya que a través de este medio compartía su gestión como servidor de dicha institución”.
El propio funcionario fue quien libremente decidió extraer su cuenta de la esfera privada para trasladarla al ámbito público
Por lo que en las conclusiones, la CEDH dice que conforme a los estándares nacionales e internacionales el Rector Ballinas restringió de manera injustificada e ilícita a Gabriela Coutiño, quien fue “vulnerada por tal acto discriminatorio violentando su derecho a la libertad de expresión en su modalidad de acceso a la información, como ciudadana y en su función como periodista”.
La CEDH reconoce el carácter de víctima a Gabriela Coutiño debido a que los hechos descritos constituyen una transgresión de violaciones a los derechos humanos y ordena su inscripción en el “Registro Estatal de Víctimas”.
Además, sentencia que a Navor Ballinas se le iniciará un “procedimiento de responsabilidad administrativa” por lo cual “deberá asumir su obligación de reparar e indemnizar los daños causados a la víctima de violaciones de derechos humanos”.
Le ordena permitir el acceso a su cuenta de Twitter a Gabriela Coutiño, insta también al Rector Ballinas a no repetir hechos violatorios de derechos humanos y contribuir a su prevención.
A pesar de la recomendación de la CEDH, actualmente; Navor Ballinas mantiene con “candados” su cuenta de Twitter. Como se puede apreciar en esta captura de pantalla.