/ lunes 1 de abril de 2019

A once días se la sentencia del Tribunal Electoral, la síndica de San Juan Cancuc, sigue sin tomar posesión

El miércoles se cumplen los cinco días hábiles después de la notificación al cabildo

Tuxtla Gutiérrez.- A once días de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, para la toma de posesión de la síndica municipal del ayuntamiento de San Juan Cancuc, el presidente municipal José López López, no ha dado cumplimiento a ese mandato hecho público el pasado 22 de marzo, en sesión pública del órgano jurisdiccional, afirmó la agraviada, que, sostuvo, sigue la violencia política en su contra.

Los magistrados Mauricio Gordillo Hernández, Guillermo Asseburg Archila y Angélica Karina Ballenas Alfaro, ordenaron al ayuntamiento de San Juan Cancuc, tomar protesta a Martha López Sántiz, como sindical municipal, derecho que se le ha negado desde el 1 de octubre en que debió asumir el cargo por mandato constitucional, tras ganar las elecciones del 1 de julio postulada por el PRI en la planilla que encabezó el actual presidente municipal, López López.

Los magistrados ordenaron al presidente municipal de San Juan Cancuc, tome protesta constitucional a la actora del cargo de Síndica Municipal; brinde a la actora todas las facilidades necesarias para el ejercicio de las funciones inherente al ejercicio del cargo; convoque a la ciudadana Martha López Sántiz, en su carácter de síndica municipal a sesiones ordinarias de cabildo.

Asimismo, se ordenó al ayuntamiento pague a la actora los importes correspondientes por concepto de las dietas que se le adeudan; además de que se abstenga de realizar acciones u omisiones directa o indirectamente, que tengan por objeto o resultado, intimidar, molestar o causar un daño o perjuicio en la persona de la actora u obstaculizar el ejercicio del cargo.

El miércoles de la semana pasada fue la notificación al cabildo a quien le dieron cinco días hábiles para que dé cumplimiento a la sentencia, el plazo comenzó a correr el jueves posterior y vence el miércoles de la presente semana, y en ese sentido, Martha López confía en que pueda asumir el cargo constitucional.

El expediente analizado en el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas es el número TEECH/JDC/290/2018, promovido por Martha López Sántiz, en contra del ayuntamiento de San Juan Cancuc, Chiapas, a decir de la actora, el presidente municipal López López viola su derecho político de ser votada en su vertiente de ejercicio al cargo, al impedirle tomar protesta como síndica propietaria por el que fue electa, obstaculizar el cumplimiento de las obligaciones inherentes a dicho cargo, y ejercer además violencia política de género.

En el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, el órgano colegiado resolvió declarar fundados los agravios hechos valer por la síndica Martha López, lo relativo a la violencia política y vulneración de sus derechos político electorales, atribuidos al presidente municipal de San Juan Cancuc, Chiapas, consistente en impedirle el acceso, ejercicio y desempeño de las funciones inherentes al cargo de sindica municipal propietaria, con que resultó electa en el proceso electoral local ordinario 2017-2018.

Martha López acreditó con documentales que con sustento en usos y costumbres el ayuntamiento municipal realizó su sustitución por otra ciudadana, además que en actas firmadas por autoridades comunitarias de San Juan Cancuc, lo que el TEECH precisó que el hecho de la actora no puede ser sustituido, ni desconocido, con fundamento en usos y costumbres, en razón de que a la actora le asiste un derecho político electoral de índole constitucional, plenamente adquirido y sustentado en la constancia de mayoría y validez emitido por el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.

Tuxtla Gutiérrez.- A once días de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas, para la toma de posesión de la síndica municipal del ayuntamiento de San Juan Cancuc, el presidente municipal José López López, no ha dado cumplimiento a ese mandato hecho público el pasado 22 de marzo, en sesión pública del órgano jurisdiccional, afirmó la agraviada, que, sostuvo, sigue la violencia política en su contra.

Los magistrados Mauricio Gordillo Hernández, Guillermo Asseburg Archila y Angélica Karina Ballenas Alfaro, ordenaron al ayuntamiento de San Juan Cancuc, tomar protesta a Martha López Sántiz, como sindical municipal, derecho que se le ha negado desde el 1 de octubre en que debió asumir el cargo por mandato constitucional, tras ganar las elecciones del 1 de julio postulada por el PRI en la planilla que encabezó el actual presidente municipal, López López.

Los magistrados ordenaron al presidente municipal de San Juan Cancuc, tome protesta constitucional a la actora del cargo de Síndica Municipal; brinde a la actora todas las facilidades necesarias para el ejercicio de las funciones inherente al ejercicio del cargo; convoque a la ciudadana Martha López Sántiz, en su carácter de síndica municipal a sesiones ordinarias de cabildo.

Asimismo, se ordenó al ayuntamiento pague a la actora los importes correspondientes por concepto de las dietas que se le adeudan; además de que se abstenga de realizar acciones u omisiones directa o indirectamente, que tengan por objeto o resultado, intimidar, molestar o causar un daño o perjuicio en la persona de la actora u obstaculizar el ejercicio del cargo.

El miércoles de la semana pasada fue la notificación al cabildo a quien le dieron cinco días hábiles para que dé cumplimiento a la sentencia, el plazo comenzó a correr el jueves posterior y vence el miércoles de la presente semana, y en ese sentido, Martha López confía en que pueda asumir el cargo constitucional.

El expediente analizado en el Tribunal Electoral del Estado de Chiapas es el número TEECH/JDC/290/2018, promovido por Martha López Sántiz, en contra del ayuntamiento de San Juan Cancuc, Chiapas, a decir de la actora, el presidente municipal López López viola su derecho político de ser votada en su vertiente de ejercicio al cargo, al impedirle tomar protesta como síndica propietaria por el que fue electa, obstaculizar el cumplimiento de las obligaciones inherentes a dicho cargo, y ejercer además violencia política de género.

En el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, el órgano colegiado resolvió declarar fundados los agravios hechos valer por la síndica Martha López, lo relativo a la violencia política y vulneración de sus derechos político electorales, atribuidos al presidente municipal de San Juan Cancuc, Chiapas, consistente en impedirle el acceso, ejercicio y desempeño de las funciones inherentes al cargo de sindica municipal propietaria, con que resultó electa en el proceso electoral local ordinario 2017-2018.

Martha López acreditó con documentales que con sustento en usos y costumbres el ayuntamiento municipal realizó su sustitución por otra ciudadana, además que en actas firmadas por autoridades comunitarias de San Juan Cancuc, lo que el TEECH precisó que el hecho de la actora no puede ser sustituido, ni desconocido, con fundamento en usos y costumbres, en razón de que a la actora le asiste un derecho político electoral de índole constitucional, plenamente adquirido y sustentado en la constancia de mayoría y validez emitido por el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana.

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