/ sábado 16 de marzo de 2024

¡Atención! Ya viene la declaración anual: cuidado con lo que solicita el SAT

SAT ha emitido un llamado a los contribuyentes para que tramiten y mantengan vigente su e.firma, un mecanismo de identificación digital necesario para la presentación de la declaración anual

Durante el mes de abril, los contribuyentes deben presentar su declaración anual correspondiente al año 2023, según lo indicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que ha instado a los contribuyentes a tramitar y mantener vigente un documento crucial: la e.firma.

¿Para que tramites me sirve la e.firma?

La e.firma es un mecanismo de identificación digital compuesto por un conjunto de datos y caracteres únicos que permiten reconocer al firmante y evitar la suplantación de identidad. Según el SAT, esta firma tiene los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa y es necesaria para llevar a cabo una serie de trámites.

  • Presentación de declaraciones.
  • Solicitud de devolución de impuestos.
  • Modificaciones en el RFC.
  • Generación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
  • Firma de documentos digitales.
  • Realización de trámites ante diversas dependencias de gobierno.

Por ello, el SAT ha exhortado a los contribuyentes a tramitar y mantener vigente la e.firma para poder realizar la presentación de la declaración anual correspondiente al año 2023.


¿Qué documentos puedo ocupar para tramitar mi e.firma?

Para obtener la e.firma por primera vez, se requiere acudir a cualquier oficina del SAT con cita previa y presentar los siguientes documentos:

  • Correo electrónico personal.
  • Unidad de memoria extraíble (USB), preferentemente nueva.
  • Identificación oficial vigente (original).
  • Para los mexicanos por naturalización: original o copia certificada de la carta de naturalización expedida por autoridad competente.
  • Para los extranjeros: Forma Migratoria Múltiple expedida por el Instituto Nacional de Migración.
  • Original de comprobante de domicilio.

El SAT ha recordado que la e.firma tiene una vigencia de 4 años y puede renovarse en línea hasta 24 horas antes de su vencimiento, o hasta un año después de su vencimiento a través de la plataforma SAT ID.

Durante el mes de abril, los contribuyentes deben presentar su declaración anual correspondiente al año 2023, según lo indicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que ha instado a los contribuyentes a tramitar y mantener vigente un documento crucial: la e.firma.

¿Para que tramites me sirve la e.firma?

La e.firma es un mecanismo de identificación digital compuesto por un conjunto de datos y caracteres únicos que permiten reconocer al firmante y evitar la suplantación de identidad. Según el SAT, esta firma tiene los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa y es necesaria para llevar a cabo una serie de trámites.

  • Presentación de declaraciones.
  • Solicitud de devolución de impuestos.
  • Modificaciones en el RFC.
  • Generación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).
  • Firma de documentos digitales.
  • Realización de trámites ante diversas dependencias de gobierno.

Por ello, el SAT ha exhortado a los contribuyentes a tramitar y mantener vigente la e.firma para poder realizar la presentación de la declaración anual correspondiente al año 2023.


¿Qué documentos puedo ocupar para tramitar mi e.firma?

Para obtener la e.firma por primera vez, se requiere acudir a cualquier oficina del SAT con cita previa y presentar los siguientes documentos:

  • Correo electrónico personal.
  • Unidad de memoria extraíble (USB), preferentemente nueva.
  • Identificación oficial vigente (original).
  • Para los mexicanos por naturalización: original o copia certificada de la carta de naturalización expedida por autoridad competente.
  • Para los extranjeros: Forma Migratoria Múltiple expedida por el Instituto Nacional de Migración.
  • Original de comprobante de domicilio.

El SAT ha recordado que la e.firma tiene una vigencia de 4 años y puede renovarse en línea hasta 24 horas antes de su vencimiento, o hasta un año después de su vencimiento a través de la plataforma SAT ID.

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