/ jueves 24 de marzo de 2022

Cofece multa al AICM con 848 mdp por prácticas anticompetitivas

El Aeropuerto Benito Juárez se rehusó a prestar servicio de transporte dentro de sus instalaciones

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa de 848.8 millones de pesos al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por impedir la prestación de servicio público de autotransporte a una empresa y establecer ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios.

Te puede interesar: ¿Qué pasará con el aeropuerto Benito Juárez ahora que comience a operar el AIFA?

El órgano antimonopolios determinó que el AICM se rehusó indebidamente a proporcionar a Transportación Terrestre (UNE) el servicio de acceso a sus instalaciones, lo que aisló a la empresa de la competencia en perjuicio de los usuarios.

“Mediante dicha conducta impidió que UNE pudiera ofrecer el servicio de autotransporte de pasajeros del Aeropuerto a Puebla y de Puebla al Aeropuerto, estableciendo ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios en esa misma ruta, lo que los aisló de la competencia en perjuicio de los usuarios”, indicó la Cofece.

Agregó que el Pleno de la comisión consideró que el AICM tiene poder sustancial en el mercado que corresponde al servicio de acceso al Aeropuerto para la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros pues, entre otras cuestiones, se trata del único medio que y no hay sustitutos.

De acuerdo con la institución el rehusarse a prestar el acceso a UNE sin que existiese justificación para ello, el AICM otorgó ventajas indebidas a los permisionarios establecidos, los que mantuvieron su posición sin enfrentar presiones competitivas.

“Esto se tradujo en una pérdida de bienestar de los usuarios del servicio, quienes pudieron haber tenido más opciones y menores precios de no haberse configurado la práctica prohibida”, informó la Cofece.

Además señaló que con el fin de verificar la supresión de la conducta, la Cofece podrá requerir al AICM por un plazo de cinco años y en cualquier momento la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones impuestas.

Una vez notificada la resolución al AICM, el agente económico tiene el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Comisión, a través de un juicio de amparo indirecto.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa de 848.8 millones de pesos al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por impedir la prestación de servicio público de autotransporte a una empresa y establecer ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios.

Te puede interesar: ¿Qué pasará con el aeropuerto Benito Juárez ahora que comience a operar el AIFA?

El órgano antimonopolios determinó que el AICM se rehusó indebidamente a proporcionar a Transportación Terrestre (UNE) el servicio de acceso a sus instalaciones, lo que aisló a la empresa de la competencia en perjuicio de los usuarios.

“Mediante dicha conducta impidió que UNE pudiera ofrecer el servicio de autotransporte de pasajeros del Aeropuerto a Puebla y de Puebla al Aeropuerto, estableciendo ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios en esa misma ruta, lo que los aisló de la competencia en perjuicio de los usuarios”, indicó la Cofece.

Agregó que el Pleno de la comisión consideró que el AICM tiene poder sustancial en el mercado que corresponde al servicio de acceso al Aeropuerto para la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros pues, entre otras cuestiones, se trata del único medio que y no hay sustitutos.

De acuerdo con la institución el rehusarse a prestar el acceso a UNE sin que existiese justificación para ello, el AICM otorgó ventajas indebidas a los permisionarios establecidos, los que mantuvieron su posición sin enfrentar presiones competitivas.

“Esto se tradujo en una pérdida de bienestar de los usuarios del servicio, quienes pudieron haber tenido más opciones y menores precios de no haberse configurado la práctica prohibida”, informó la Cofece.

Además señaló que con el fin de verificar la supresión de la conducta, la Cofece podrá requerir al AICM por un plazo de cinco años y en cualquier momento la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones impuestas.

Una vez notificada la resolución al AICM, el agente económico tiene el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Comisión, a través de un juicio de amparo indirecto.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Policiaca

Desaparecen siete personas que viajaban dentro de una urvan en Emiliano Zapata

Familiares buscan a siete de sus seres queridos que se encuentran en calidad de desaparecidos, supuestamente estos se dirigían hacia las cascadas El Chiflón

Policiaca

Chiapaneco pierde la vida al ser devorado por cocodrilos en Villahermosa

Este martes 26 de noviembre, las autoridades de Villahermosa, Tabasco, realizaron el hallazgo de los restos humanos de un hombre en la Laguna de Las Ilusiones

Local

Chiapas y la lucha contra el trabajo infantil en la industria del café

El principal productor de café en México es el estado de Chiapas, este sector ha sido señalado como uno donde existe trabajo infantil

Policiaca

Incrementan accidentes en motocicleta en Tuxtla Gutiérrez

Aumentan accidentes en motocicleta en Tuxtla: un problema de seguridad urgente que debe ser solucionado

Municipios

En Tonalá, buscan disminuir impacto ambiental, reforzar seguridad y controlar la migración

Tonalá enfrenta desafíos ambientales y de seguridad, mientras gestiona la migración

Local

Don Pedro García: el primer nevero de Tuxtla Gutiérrez

El primer nevero en Tuxtla Gutiérrez, Don Pedro García Isabeche, es un símbolo entrañable de la historia local