/ lunes 22 de enero de 2024

Paradigmas | Áreas Naturales ¿Protegidas?

De acuerdo a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente, al texto señala en su artículo 1º, fracción IV: “La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para la preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas”. En el artículo 2º, fracción II se señala claramente que “son de utilidad pública el establecimiento, protección y preservación de las Áreas Naturales Protegidas” (ANP). El artículo 7º fracción V dice que corresponde a los Estados “El establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas previstas en la legislación local, con la participación de los gobiernos municipales”.

Por su parte, la Ley Ambiental para el Estado de Chiapas, en su artículo 3º, fracción II dice que es causa de utilidad pública “la formulación y expedición de las declaratorias de Áreas Naturales Protegidas de competencia estatal, su protección y conservación, así como la ejecución de los programas para su manejo adecuado y restauración”. En su artículo 5º la ley reconoce a los Ayuntamientos como autoridad ambiental. Como elemento importante, el artículo 10º fracción III dispone que es facultad de los Ayuntamientos “aplicar los instrumentos de política ambiental, de preservación y restauración del equilibrio ecológico, de protección al ambiente y a la biodiversidad en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias que no están expresamente reservadas a la Federación o al Gobierno del Estado”.

Con lo antes descrito, resulta claro que el gobierno estatal, municipal y la ciudadanía en general, tenemos una clara y directa responsabilidad en la conservación, protección y vigilancia de las ANP; sin embargo, resulta decepcionante e irresponsable el actuar de todos, y las áreas naturales, al menos en Tapachula, son todo menos protegidas.

En distintas ocasiones se ha insistido en que la Secretaría del Medio Ambiente e Historia Natural, vuelva a tener presencia en la segunda ciudad de importancia del Estado, Tapachula, ya que desde la administración Verde Ecologista, el personal de la Secretaría fue retirado, sin que a la fecha cuente con presencia efectiva permanente, particularmente se ha insistido en la necesidad de contar con guarda parques, mismos que pueden atender las dos Zonas Sujetas a Conservación Ecológica y Humedales de Importancia Internacinal de Tapachula “El Cabildo Amatal” y “El Gancho Murillo”, lamentablemente parece que se sigue teniendo a Tapachula y a los tapachultecos como una ciudad y ciudadanos de segunda.

Sin embargo el Ayuntamiento, como dice el refrán popular, no canta nada mal las rancheras, ya que a pesar de tener una clara y directa responsabilidad, de acuerdo a la legislación antes descrita, en una plática sostenida con un funcionario de la Dirección de Ecología, fue claro y directo al afirmar que el Ayuntamiento no tenía responsabilidad de las ANP en el municipio, que eran competencia del Estado y que a lo mucho, sólo podía coordinar una reunión con las autoridades del Estado, reunión a la que ni siquiera se tomó la molestia de asistir.

Finalmente, no hay que dejar de mencionar el desinterés e irresponsabilidad que los ciudadanos damos a tan importantes espacios de conservación de la biodiversidad, ya que, a pesar que en este espacio se ha invitado a la ciudadanía a organizarse y actuar para la conservación de estas bellas ANP, lo cierto es que a la fecha, ni una sola persona ha escrito (se proporcionó anteriormente una dirección de correo electrónico) mostrando interés en tan vitales espacios geográficos. Todo parece indicar, triste y preocupantemente, que lo que menos nos interesa es el futuro de las futuras generaciones, nuestros hijos, nuestros nietos.

vicente.castro@unach.mx


De acuerdo a la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente, al texto señala en su artículo 1º, fracción IV: “La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para la preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas”. En el artículo 2º, fracción II se señala claramente que “son de utilidad pública el establecimiento, protección y preservación de las Áreas Naturales Protegidas” (ANP). El artículo 7º fracción V dice que corresponde a los Estados “El establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las áreas naturales protegidas previstas en la legislación local, con la participación de los gobiernos municipales”.

Por su parte, la Ley Ambiental para el Estado de Chiapas, en su artículo 3º, fracción II dice que es causa de utilidad pública “la formulación y expedición de las declaratorias de Áreas Naturales Protegidas de competencia estatal, su protección y conservación, así como la ejecución de los programas para su manejo adecuado y restauración”. En su artículo 5º la ley reconoce a los Ayuntamientos como autoridad ambiental. Como elemento importante, el artículo 10º fracción III dispone que es facultad de los Ayuntamientos “aplicar los instrumentos de política ambiental, de preservación y restauración del equilibrio ecológico, de protección al ambiente y a la biodiversidad en bienes y zonas de jurisdicción municipal, en las materias que no están expresamente reservadas a la Federación o al Gobierno del Estado”.

Con lo antes descrito, resulta claro que el gobierno estatal, municipal y la ciudadanía en general, tenemos una clara y directa responsabilidad en la conservación, protección y vigilancia de las ANP; sin embargo, resulta decepcionante e irresponsable el actuar de todos, y las áreas naturales, al menos en Tapachula, son todo menos protegidas.

En distintas ocasiones se ha insistido en que la Secretaría del Medio Ambiente e Historia Natural, vuelva a tener presencia en la segunda ciudad de importancia del Estado, Tapachula, ya que desde la administración Verde Ecologista, el personal de la Secretaría fue retirado, sin que a la fecha cuente con presencia efectiva permanente, particularmente se ha insistido en la necesidad de contar con guarda parques, mismos que pueden atender las dos Zonas Sujetas a Conservación Ecológica y Humedales de Importancia Internacinal de Tapachula “El Cabildo Amatal” y “El Gancho Murillo”, lamentablemente parece que se sigue teniendo a Tapachula y a los tapachultecos como una ciudad y ciudadanos de segunda.

Sin embargo el Ayuntamiento, como dice el refrán popular, no canta nada mal las rancheras, ya que a pesar de tener una clara y directa responsabilidad, de acuerdo a la legislación antes descrita, en una plática sostenida con un funcionario de la Dirección de Ecología, fue claro y directo al afirmar que el Ayuntamiento no tenía responsabilidad de las ANP en el municipio, que eran competencia del Estado y que a lo mucho, sólo podía coordinar una reunión con las autoridades del Estado, reunión a la que ni siquiera se tomó la molestia de asistir.

Finalmente, no hay que dejar de mencionar el desinterés e irresponsabilidad que los ciudadanos damos a tan importantes espacios de conservación de la biodiversidad, ya que, a pesar que en este espacio se ha invitado a la ciudadanía a organizarse y actuar para la conservación de estas bellas ANP, lo cierto es que a la fecha, ni una sola persona ha escrito (se proporcionó anteriormente una dirección de correo electrónico) mostrando interés en tan vitales espacios geográficos. Todo parece indicar, triste y preocupantemente, que lo que menos nos interesa es el futuro de las futuras generaciones, nuestros hijos, nuestros nietos.

vicente.castro@unach.mx